El cheque servicio es una ayuda económica proporcionada por la Comunidad de Madrid y destinada a personas reconocidas en situación de dependencia.
Todo comienza con la llamada Ley de Dependencia, aprobada en el año 2006, en la que se recoge el derecho a la atención y asistencia de personas dependientes.
Este cheque está destinado a cubrir el gasto de un servicio de asistencia a personas dependientes, sea cual sea el mismo, puesto que el único requisito que debe cumplir es que se encuentre dentro de cualquiera de los servicios del catálogo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), “siempre y cuando se presten por un centro o entidad privado debidamente acreditado por la Comunidad de Madrid, con o sin ánimo de lucro” añade la ley.
Si todavía no conoces este servicio, hoy te hablamos en profundidad de él.
Primeros pasos con el cheque servicio
Para poder acceder al cheque servicio es necesario determinar el grado de dependencia de la persona y tener reconocido el PIA (Programa Individual de Atención). La Dirección General de Atención al Mayor y la Dependencia serán quienes valoren el nivel de dependencia. Sin embargo, es deber de cada ciudadano poner en conocimiento de los Servicios Sociales del ayuntamiento donde se esté empadronado que se quiere optar a la ayuda. También se puede solicitar información de forma telefónica en los teléfonos 010 y 012 de Información al Ciudadano.
¿Qué documentación necesito?
Para pedir el Cheque Servicio se debe presentar la siguiente documentación cumplimentada de manera correcta:
- NIF/NIE de la persona con un grado de dependencia.
- Documento de empadronamiento que demuestre que el interesado pertenece a la Comunidad de Madrid.
- En caso de que el solicitante tenga grado de invalidez, aportar documentación.
- Informe del estado de salud del solicitante que no supere los 3 meses de emisión.
- Declaración del IRPF.
Procedimientos a seguir para conseguir el Cheque Servicio
Tras haber rellenado correctamente la solicitud ante los Servicios Sociales del ayuntamiento en el que el solicitante está empadronado y haber entregado los documentos necesarios, se debe esperar a recibir la aprobación por parte de la entidad reguladora. Un trabajador de los Servicios Sociales será el que se ponga en contacto con el beneficiario para informarle de que se ha aceptado su solicitud.
Tras esto, el beneficiario de la ayuda recibirá el cheque servicio para entregarlo en la empresa privada que haya escogido para asistirlo. Recuerda que este centro debe ser acreditado y autorizado por la Comunidad de Madrid.
El cheque debe ser firmado por el/la director/a del centro y por el beneficiario y, tras esto, se entregará en la Dirección General de Coordinación de la Dependencia. Esta entidad es la que debe aprobar que todo el proceso es correcto, aprobando así el cheque.
Tras esto, el beneficiario ya podrá recibir la cantidad otorgada de manera mensual en su cuenta bancaria.
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